La inversión de la carga de la prueba en casos de despido intempestivo
DOI:
https://doi.org/10.55813/gaea/ccri/v5/nE4/1240Palabras clave:
carga de la prueba, COGEP, despido intempestivo, principios laborales, tipos de pruebaResumen
Actualmente, en el contexto laboral ecuatoriano, se observa una inconsistencia en la aplicación del principio de inversión de la carga de la prueba, particularmente en casos de despido intempestivo, que constituye una forma ilegal de poner fin a la relación laboral. Aunque en otros aspectos del derecho laboral se reconoce que la carga de probar ciertos hechos recae en la parte que esté en mejores condiciones de hacerlo, según lo establece el artículo 169 del Código Orgánico General de Procesos (COGEP), en la práctica persiste la exigencia de que sea el trabajador quien demuestre la ocurrencia del despido intempestivo. Esta situación presenta un desafío significativo para los trabajadores, ya que la demostración de este hecho puede ser prácticamente imposible en muchos casos, lo que genera un desequilibrio en la protección de sus derechos laborales. Por ello, este estudio tiene como objetivo analizar la viabilidad y las implicaciones de aplicar la inversión de la carga de la prueba en casos de despido intempestivo en el contexto del derecho laboral ecuatoriano. Para abordar el problema planteado, se utilizó una metodología cualitativa, empleando los métodos de investigación inductivo, analítico y exegético.