Vol. 7 – Núm. 1 / Enero - Junio – 2026  
Las políticas públicas y la rehabilitación integral de las personas privadas  
de la libertad en el Ecuador  
Public policies and comprehensive rehabilitation of people deprived of their  
liberty in Ecuador  
Políticas públicas e reabilitação integral de pessoas privadas de liberdade  
no Equador  
Lara Olmos Hugo Alexander1  
Maestrante de la Universidad Nacional de Chimborazo  
Mejía Chávez Eduardo Vinicio2  
Docente de la Universidad Nacional de Chimborazo  
Como citar:  
Lara Olmos, H, A. & Mejía Chávez, E, V. (2026). Las políticas públicas y la rehabilitación  
integral de las personas privadas de la libertad en el Ecuador. Código Científico Revista de  
Investigación, 7(1), 2774-2791.  
Recibido: 16/04/2026  
Aceptado: 14/05/2026  
Publicado: 30/06/2026  
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Código Científico Revista de Investigación  
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Resumen  
Esta investigación examina la eficacia de las políticas penitenciarias en el Ecuador, centrándose  
en la distancia existente entre los objetivos previstos en la normativa y los resultados que se  
observan en la práctica en materia de rehabilitación social. El análisis se desarrolla desde una  
perspectiva multidimensional que considera aspectos como la reinserción laboral de las  
personas privadas de libertad, la garantía de derechos humanos, la educación en contextos de  
encierro, la atención integral en salud y la incidencia de los programas en la reducción de la  
reincidencia delictiva. Asimismo, se estudia la correspondencia del marco jurídico ecuatoriano  
con los estándares internacionales. Los resultados muestran una brecha considerable entre lo  
que la legislación establece y lo que ocurre en los centros de rehabilitación social ecuatorianos.  
Aunque el ordenamiento jurídico reconoce la rehabilitación como finalidad esencial de la pena  
privativa de libertad, los programas de capacitación laboral, educación formal, apoyo  
psicológico y tratamiento de adicciones presentan deficiencias estructurales, cobertura limitada  
y falta de continuidad. El contraste con los estándares internacionales evidencia que, si bien  
Ecuador ha incorporado principios de dignidad y respeto a los derechos humanos en su  
normativa, la aplicación práctica enfrenta obstáculos derivados de la precariedad de la  
infraestructura, la insuficiencia de recursos y la ausencia de mecanismos de supervisión  
independientes. En consecuencia, se plantea que la rehabilitación social requiere políticas  
públicas integrales y sostenibles capaces de garantizar la protección de los derechos  
fundamentales y de promover la reinserción social de las personas privadas de libertad.  
Palabras clave: políticas públicas, rehabilitación social, personas privadas de la libertad,  
derechos humanos.  
Abstract  
This research examines the effectiveness of prison policies in Ecuador, focusing on the gap  
between the objectives set forth in the legislation and the results observed in practice regarding  
social rehabilitation. The analysis is developed from a multidimensional perspective that  
considers aspects such as the reintegration of incarcerated individuals into the workforce, the  
guarantee of human rights, education in prison settings, comprehensive healthcare, and the  
impact of programs on reducing recidivism. The study also examines the alignment of the  
Ecuadorian legal framework with international standards. The results reveal a considerable gap  
between what the legislation establishes and what occurs in Ecuadorian social rehabilitation  
centers. Although the legal system recognizes rehabilitation as an essential purpose of  
imprisonment, programs for job training, formal education, psychological support, and  
addiction treatment suffer from structural deficiencies, limited coverage, and a lack of  
continuity. The contrast with international standards reveals that, while Ecuador has  
incorporated principles of dignity and respect for human rights into its legislation, practical  
application faces obstacles stemming from precarious infrastructure, insufficient resources, and  
the absence of independent oversight mechanisms. Consequently, it is argued that social  
rehabilitation requires comprehensive and sustainable public policies capable of guaranteeing  
the protection of fundamental rights and promoting the social reintegration of incarcerated  
individuals.  
Keywords: public policies, social rehabilitation, people deprived of liberty, human rights.  
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Resumo  
Esta pesquisa examina a eficácia das políticas prisionais no Equador, com foco na discrepância  
entre os objetivos estabelecidos na legislação e os resultados observados na prática em relação  
à reabilitação social. Aanálise é desenvolvida a partir de uma perspectiva multidimensional que  
considera aspectos como a reintegração de indivíduos encarcerados ao mercado de trabalho, a  
garantia dos direitos humanos, a educação em ambientes prisionais, a assistência integral à  
saúde e o impacto dos programas na redução da reincidência. O estudo também examina a  
adequação do marco legal equatoriano aos padrões internacionais. Os resultados revelam uma  
lacuna considerável entre o que a legislação estabelece e o que ocorre nos centros de  
reabilitação social equatorianos. Embora o sistema legal reconheça a reabilitação como um  
propósito essencial da prisão, os programas de capacitação profissional, educação formal, apoio  
psicológico e tratamento de dependência química sofrem com deficiências estruturais,  
cobertura limitada e falta de continuidade. O contraste com os padrões internacionais revela  
que, embora o Equador tenha incorporado princípios de dignidade e respeito aos direitos  
humanos em sua legislação, a aplicação prática enfrenta obstáculos decorrentes da  
infraestrutura precária, da insuficiência de recursos e da ausência de mecanismos independentes  
de fiscalização. Consequentemente, argumenta-se que a reabilitação social requer políticas  
públicas abrangentes e sustentáveis, capazes de garantir a proteção dos direitos fundamentais e  
promover a reintegração social dos indivíduos encarcerados.  
Palavras-chave: Políticas públicas, reabilitação social, pessoas privadas de liberdade, direitos  
humanos.  
Introducción  
El presente artículo analiza el impacto de las políticas públicas en la rehabilitación  
integral de las personas privadas de libertad en Ecuador, evaluando avances, desafíos y  
propuestas para fortalecer el sistema penitenciario. La rehabilitación busca no solo la  
reinserción social, sino también reducir la reincidencia delictiva y promover un sistema de  
justicia más humano y eficaz.  
La rehabilitación integral de las personas privadas de su libertad en Ecuador representa  
uno de los principales retos de la política pública actual. El aumento de la población  
penitenciaria y las limitaciones que persisten en el sistema carcelario obligan a revisar la  
eficacia de los programas de reinserción y su influencia en la reincidencia, cabe anotar que, la  
Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 201, establece que el sistema de  
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rehabilitación social debe orientarse a la reeducación y reinserción, convirtiendo este objetivo  
en un eje central de la política criminal y social del Estado.  
Diversos estudios han señalado que la privación de libertad, sin un acompañamiento  
integral, reproduce dinámicas de exclusión y violencia. Garland (2001) señala que las políticas  
penales deben superar el enfoque punitivo y orientarse hacia la prevención y la rehabilitación,  
fortaleciendo el tejido social, objetivos cuya efectividad y alcance y son limitados en Ecuador.  
Para Cárdenas (2018), la formación académica y técnica de los internos favorece su  
desarrollo personal y disminuye la reincidencia, en el caso ecuatoriano, los programas de  
capacitación tienen seris falencias y requieren evaluaciones sistemáticas que midan su  
verdadero impacto en la reinserción social; igualmente, la perspectiva de los derechos humanos  
resulta esencial para comprender la rehabilitación penitenciaria. Zaffaroni (2011) afirma que el  
sistema debe analizarse desde la dignidad humana, garantizando condiciones mínimas y acceso  
a servicios básicos.  
Asimismo, Baratta (2004) subraya que la reinserción no es solo un proceso individual,  
sino una construcción colectiva que requiere la participación de la sociedad, en este sentido, el  
aporte de ese segmento se convierte en un elemento clave para asegurar una verdadera  
rehabilitación en el país.  
Políticas penitenciarias en el Ecuador  
Las políticas públicas son el conjunto de decisiones, acciones, programas y estrategias  
que formulan e implementan los gobiernos, generalmente en interacción con actores sociales,  
con el objetivo de resolver problemas públicos, satisfacer necesidades colectivas y orientar el  
desarrollo de la sociedad. En este sentido, Thomas R. Dye señala que las políticas públicas son  
“todo lo que los gobiernos deciden hacer o no hacer”, destacando que la inacción también  
constituye una forma de política pública (Dye, 2013).  
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En los últimos años, las políticas públicas implementadas en Ecuador, han estado  
sesgadas a enfoques de represión y dominación debido principalmente al incontenible aumento  
de la criminalidad; lo que ha priorizado en la agenda de los políticos de turno, entre otras cosas,  
un discurso político que pone en práctica de una política penal caracterizada por el  
expansionismo, la hiper punibilidad y el populismo punitivo, todo lo cual configura un tipo de  
gobierno a través del crimen, especializado en desplazar hacia la periferia y los márgenes  
sociales a los grupos más carenciados, que por esa condición están fuera del mercado, no  
resultando funcionales al sistema, por lo que la suerte que corren no interesa” (Patio, 2020).  
A partir de esta nueva política, el orden se mantiene con la intervención penal, cuanto  
más adelantada y grave mejor, sin que importe si ese orden es justo, equilibrado e inclusivo,  
pues la pobreza y la protesta también son criminalizadas. La estrategia consiste en vender la  
idea de orden y seguridad para que todos asimilen la idea de la necesidad de un control penal  
severo y violento.  
Como es un hecho público y notorio, las políticas públicas en el ámbito penitenciario  
en Ecuador han dado un giro estructural recientemente, pasando de un enfoque centrado  
exclusivamente en la rehabilitación social a uno de seguridad nacional y control institucional  
rígido.  
La nueva política pública aborda una reclasificación y aislamiento, a partir de perfiles  
de riesgo y/o peligrosidad, es decir, se ha implementado la segregación de los internos basada  
en su índice de peligrosidad y su presunta pertenencia a organizaciones criminales, a quienes  
se le daría mayor predilección para reubicar en cárceles de máxima seguridad como la llamada  
cárcel del Encuentro.  
Ahora bien, no debemos olvidar que, en teoría, la política pública penitenciaria en el  
Ecuador se basa en principios constitucionales y en disposiciones legales que reconocen como  
objetivo esencial la rehabilitación social de las personas privadas de su libertad. Tanto la  
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Constitución como el Código Orgánico Integral Penal (COIP) establecen que el referido sistema  
debe garantizar procesos de respeto a los derechos humanos, condiciones de vida dignas y  
procesos de reinserción social; pese a ello, la realidad carcelaria muestra que existen  
deficiencias en infraestructura, programas de reinserción, acceso a la educación, salud mental  
y capacitación laboral.  
En ese sentido, Garland (2001) advierte que los sistemas penales modernos enfrentan  
una tensión constante: mientras el discurso oficial se centra en la rehabilitación, las prácticas  
reales privilegian el control y la seguridad, limitando la posibilidad de cumplir con los fines  
declarados. Así mismo, Baratta (2004) sostiene que la efectividad de las políticas penitenciarias  
no puede medirse únicamente en términos de reducción de la criminalidad, sino en la capacidad  
de generar condiciones de dignidad y oportunidades de desarrollo.  
Los derechos humanos y la rehabilitación social  
La base de la rehabilitación integral es el respeto irrestricto de los derechos  
fundamentales de las personas privadas de libertad. Esto implica condiciones mínimas de vida  
compatibles con la dignidad humana, acceso a servicios básicos, vías de denuncia ante abusos  
y mecanismos de supervisión independientes. Sin derechos reconocidos, cualquier plan de  
rehabilitación pierde legitimidad y eficacia.  
La rehabilitación social no es solo una finalidad de la pena, sino un enfoque de derechos  
que busca reducir la reincidencia mediante educación, salud y oportunidad laboral. Un enfoque  
orientado a derechos exige que estos componentes sean accesibles, continuos y evaluables, con  
especial atención a grupos vulnerables, género y diversidad, para garantizar que nadie quede  
fuera de las rutas de reinserción.  
La protección de derechos en los centros de rehabilitación social implica asegurar  
condiciones dignas de vida, acceso a salud, educación, alimentación adecuada y seguridad.  
Como advierte Foucault (1975), las instituciones penitenciarias reproducen dinámicas de  
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control que refuerzan la exclusión social, en Ecuador, esto se refleja en la persistencia de  
prácticas que vulneran derechos básicos, como la atención médica insuficiente y la violencia  
intracarcelaria.  
En el ámbito, Pavarini (2006) señala que las políticas penitenciarias suelen priorizar la  
seguridad y el orden, relegando los derechos humanos, en Ecuador, las políticas públicas han  
privilegiado la construcción de infraestructura y el control de la violencia, descuidando  
programas sostenidos de rehabilitación.  
Aniyar de Castro (1987) sostiene que la eficacia de las políticas debe medirse en la  
capacidad de garantizar dignidad y reinserción social, más allá de indicadores de seguridad, en  
el país, el análisis crítico de la situación penitenciaria evidencia que la protección de derechos  
humanos enfrenta serias limitaciones. Aunque la normativa reconoce su importancia, la práctica  
revela un déficit estructural que debe ser atendido con políticas más integrales.  
La reinserción laboral y la rehabilitación social  
La reinserción laboral constituye un eje central de la rehabilitación social, tal es así que  
la normativa legal ecuatoriana dispone que las políticas públicas deben garantizar capacitación  
y ejercicio de actividades productivas para las personas privadas de libertad, con el fin de  
reducir la reincidencia y lograr su integración social.  
En contraposición, desde una perspectiva crítica y realista, es correcto afirmar que la  
transición de la cárcel al mercado laboral formal en Ecuador se enfrenta a una contradicción  
estructural: mientras el ordenamiento jurídico, como el Código Orgánico Integral Penal y el  
Reglamento del Sistema Nacional de Rehabilitación Social promueven el eje laboral como  
motor de cambio, la realidad jurídica y social opera como un mecanismo de exclusión casi total.  
El primer gran obstáculo es la “muerte civil” de facto que generan los antecedentes  
penales. Aunque legalmente se hable de rehabilitación, el registro judicial publico actúa como  
una marca indeleble, casi palpable que descalifica automáticamente al postulante en los  
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procesos de selección tanto en el ámbito privado como en el público. El tiempo en prisión suele  
representar una desconexión de las dinámicas laborales modernas, las herramientas digitales,  
como la inteligencia artificial, y así también como la desactualización tecnológica.  
Finalmente, existe un vacío en el acompañamiento post-penitenciario. El Estado suele  
enfocar sus recursos en el control intramuros, pero desatiende el “afuera”. Sin incentivos  
fiscales potentes para las empresas que contraten exreclusos o programas reales de colocación  
laboral, la “reinserción” se queda en una aspiración técnica del reglamento y la ley. Esta falta  
de oportunidades formales empuja al individuo hacia el único mercado que no pide  
antecedentes: la economía informal o, en el peor de los casos, la reincidencia delictiva como  
estrategia de supervivencia, cerrando así un círculo vicioso que el sistema legal difícilmente  
logra romper.  
Como bien señala Wacquant (2009), advierte que los sistemas penitenciarios en  
contextos de desigualdad reproducen exclusión, lo que dificulta un impacto sostenido, en tanto  
que, Christie (1993) señala que la eficacia de las políticas penitenciarias debe medirse en su  
capacidad de generar inclusión, más allá del control social.  
En el ámbito latinoamericano, Cárdenas (2018) destaca que la educación y la  
capacitación laboral en contextos penitenciarios han demostrado ser herramientas eficaces para  
disminuir la reincidencia; en Ecuador, la falta de políticas de transición y acompañamiento  
posterior a la obtención de la libertad limita la sostenibilidad de los resultados alcanzados  
durante el periodo de detención. El contraste entre objetivos normativos y resultados prácticos  
permite concluir que la reinserción laboral enfrenta graves falencias, aunque la normativa  
reconoce la relación de la capacitación y el empleo postpenitenciario, lo cierto es que la  
inclusión laboral es limitada o nula.  
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La educación y la rehabilitación social  
En contextos de privación de libertad, la educación cumple una función formativa y  
transformadora, tal es así que, Freire (1970), la concibe como un proceso de liberación que  
impulsa conciencia crítica y capacidad de acción. La educación en contextos de privación de  
libertad, según postula el nuevo reglamento, busca asegurar que las personas en situación de  
encierro cuenten con una formación académica real, permanente y de alto nivel. Su finalidad es  
impulsar el crecimiento personal mediante la mejora de destrezas, saberes y principios éticos,  
permitiendo así cerrar las disparidades en el aprendizaje.  
Becker (1964) sostiene que la inversión en capital humano genera beneficios sociales y  
económicos, para las personas privadas de su libertad, la formación educación facilita la  
reinserción laboral y disminuye la reincidencia, sin embargo, la falta de políticas que aseguren  
continuidad educativa tras la liberación restringe la efectividad de los programas. En ese  
ámbito, Núñez (2015) señala que la educación penitenciaria debe concebirse como derecho  
humano, sus investigaciones muestran que contribuye a reducir la reincidencia si es acompaña  
de seguimiento y apoyo institucional.  
El objetivo principal de la participación del recluso en programas de educación y trabajo  
es preparar al interno para su vida en libertad, por lo tanto, las actividades laborales y de  
educación se tornan de carácter obligatorio para aquellos reclusos que tengan la calidad de  
condenados, teniendo en cuenta su finalidad de resocialización.  
Es imperativo fortalecer la infraestructura educativa, establecer convenios con  
instituciones de nivel secundario y superior y vincular la capacitación con programas de  
reinserción laboral, únicamente un enfoque integral permitirá cerrar la brecha entre norma y  
realidad, asegurando que la educación penitenciaria cumpla su función de rehabilitación.  
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La salud y la rehabilitación social  
Farmer (2005) señala que la salud en contextos de exclusión refleja desigualdades  
sociales, lo que incrementa la vulnerabilidad de los privados de libertad, en el país, el  
hacinamiento y la precariedad sanitaria elevan el riesgo de enfermedades transmisibles,  
afectando directamente la calidad de vida de los privados de la libertad.  
En el ámbito psicológico, la cobertura es insuficiente. Haney (2006) advierte que el  
encarcelamiento prolongado genera ansiedad, depresión y trastornos de adaptación que  
requieren políticas específicas, en este ámbito, los programas de apoyo psicológico carecen de  
continuidad y recursos, lo que impide atender integralmente las necesidades emocionales y  
mentales de los internos.  
Respecto a las adicciones, el consumo de drogas en prisión es un problema constante.  
Marlatt y Gordon (1985) destacan que los programas de prevención de recaídas y tratamiento  
deben ser parte esencial de la rehabilitación, dado su vínculo con la reincidencia. Aunque la  
normativa reconoce la importancia de garantizar atención médica, psicológica y de adicciones,  
la realidad revela deficiencias estructurales. Para mejorar lo referido, se requiere fortalecer  
infraestructura sanitaria, ampliar los servicios sanitarios, implementar programas de salud  
mental y asegurar continuidad en los tratamientos de adicciones.  
El sistema de rehabilitación y los estándares internacionales  
El sistema penitenciario ecuatoriano está regulado por la normativa legal ecuatoriana,  
sin embargo, debe ser evaluado frente a estándares internacionales, especialmente las Reglas  
Mandela, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y los informes de la Corte  
Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).  
Las Reglas Mandela, adoptadas en 2015, fijan principios básicos sobre condiciones de  
dignidad de las personas privadas de la libertad, su acceso a salud, educación, contacto familiar  
y prohibición de tratos crueles. Aunque la normativa ecuatoriana reconoce estos derechos en su  
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aplicación práctica existen serias falencias de aplicación. Coyle (2002) advierte que la  
adecuación a estándares internacionales requiere no solo normas, sino políticas efectivas. En el  
Ecuador, el hacinamiento y la violencia muestran que los objetivos normativos aún no se  
traducen en resultados positivos prácticos.  
Van Zyl Smit y Snacken (2009) sostienen que la armonización penitenciaria exige un  
enfoque integral que combine protección de derechos con políticas sostenibles de  
rehabilitación, en el caso de Ecuador, la comparación con las Reglas Mandela evidencia avances  
normativos, pero también dificultades en la implementación práctica.  
Zepeda (2017) señala que los sistemas penitenciarios latinoamericanos suelen contar  
con marcos normativos alineados con estándares internacionales, pero que, en la práctica,  
enfrentan problemas estructurales para cumplirlos. En el caso ecuatoriano, la falta de recursos,  
personal especializado y mecanismos de supervisión independientes limita la protección  
efectiva de los derechos humanos.  
En conclusión, el marco normativo ecuatoriano reconoce los principios de dignidad y  
rehabilitación establecidos en las Reglas Mandela y otros instrumentos internacionales, sin  
embargo, en la realidad, su aplicación enfrenta graves limitaciones, que demandan el  
fortalecimiento de la infraestructura carcelaria, garantizar programas de salud y educación,  
implementar programas de reinserción social y promover la participación de la sociedad civil  
como mecanismos que permitan que el sistema penitenciario pueda cumplir con los estándares  
internacionales de protección de derechos humanos.  
Metodología  
La investigación se desarrolló bajo un enfoque cualitativo e interpretativo, con base en  
el análisis documental de políticas públicas y del sistema de rehabilitación social en Ecuador.  
Se privilegia el estudio doctrinal y normativo a partir de fuentes jurídicas como la legislación,  
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la jurisprudencia y la doctrina e informes técnicos. Se realizó una revisión sistemática de  
literatura publicada en la última década, utilizando bases académicas como Scopus, SciELO,  
Redalyc y Dialnet. La selección de textos se orientó hacia autores y estudios relevantes en el  
debate sobre derecho y rehabilitación penitenciaria.  
Como técnica de investigación se utilizó la entrevista y como instrumento la guía de  
entrevista. El análisis se organizó en ejes temáticos: políticas penitenciarias vigentes, relación  
entre su aplicación y los índices de reincidencia, contraste entre objetivos normativos y  
resultados prácticos y comparación con estándares internacionales como las Reglas Mandela y  
otros instrumentos de derechos humanos.  
Resultados  
Entrevista  
Pregunta 1. ¿Considera que son eficaces las políticas públicas penitenciarias en  
Ecuador?  
Existen marcos normativos jurídicos que buscan garantizar reinserción, derechos  
humanos y modernización del sistema penitenciario, sin embargo, la eficacia real de las  
políticas públicas penitenciarias en Ecuador está muy por debajo de lo deseable. Los problemas  
son estructurales como la sobrepoblación, falta de personal de seguridad y médico capacitado,  
insuficiente infraestructura para ejes de tratamiento, deplorable salubridad, y en general, una  
brecha profunda entre planes escritos (políticas públicas) y su implementación en el campo  
práctico. Por lo que, se puede concluir que las políticas públicas penitenciarias no son eficaces  
en el Ecuador.  
Pregunta 2. ¿Cree que los programas estatales de capacitación y empleo  
postpenitenciario son eficaces para evitar la reincidencia?  
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En primer lugar, se debe comprender que la idea de programas de capacitación y empleo  
postpenitenciario está reconocida en los instrumentos normativos, sin embargo, la eficacia de  
dichos programas es limitada por varios factores, por ejemplo, la falta de continuidad de la  
formación durante la ejecución de la condena, inadecuada conexión con el mercado laboral  
externo, y ausente apoyo post-libertad. En muchos casos, hay interrupciones en la capacitación  
por traslados, o falta de coordinación entre centros penitenciarios y entidades laborales.  
Pregunta 3. ¿Las políticas públicas penitenciarias garantizan el respeto a los  
derechos humanos en los centros de rehabilitación social de Ecuador?  
En teoría, sí. Las políticas públicas penitenciarias ecuatorianas han buscado incorporar  
estándares de derechos humanos y marcos internacionales. En la práctica, la garantía de  
derechos humanos enfrenta obstáculos serios. El hacinamiento crónico, condiciones sanitarias  
y de higiene insuficientes, acceso desigual a servicios de salud y atención psicológica, y  
limitaciones en el derecho a la educación y la defensa jurídica representan una falta de garantía  
de derechos.  
Pregunta 4. ¿Cree usted que la educación en contextos de privación de libertad en  
el Ecuador permite la reducción de la reincidencia?  
Sí. La educación en contextos de privación de libertad en el Ecuador puede contribuir a  
reducir la reincidencia, porque brinda oportunidades de formación, desarrollo personal y  
reinserción social, facilitando que las personas encuentren alternativas de vida fuera de la  
delincuencia.  
Pregunta 5. ¿Considera que son eficaces las políticas públicas de atención médica,  
psicológica y de adicciones salud integral en los centros de rehabilitación social?  
La atención de salud integral, incluyendo salud mental y tratamiento de adicciones, es  
un componente crítico para la reinserción y para la dignidad de las personas privadas de libertad.  
En la realidad del sistema penitenciario ecuatoriano, la oferta de servicios de salud en centros  
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penitenciarios es variable y frecuentemente insuficiente. En resumen, si las políticas públicas  
de salud en la sociedad no internan están en declive, la prestación de salud en los centros de  
privación de libertad es mucho peor. Falta profesionales, escasez de medicamentos y equipos,  
etc., son factores principales de la crisis de salud tanto al interior como en el exterior de un  
centro penitenciario. En consecuencia, las políticas públicas no resultan eficaces, basta revisar  
el número de fallecidos por el virus tuberculosis.  
Pregunta 6. Desde su experiencia ¿Cree que el marco normativo ecuatoriano que  
se deriva de las políticas públicas penitenciarias está acorde a los instrumentos  
internacionales sobre este tema?  
En líneas generales, el marco normativo ecuatoriano ha intentado alinearse con  
estándares internacionales de derechos humanos y derechos de las personas privadas de  
libertad, sin embargo, la alineación entre norma y práctica es imperfecta, casi nula. La  
implementación de reformas estructurales exige recursos, coordinación interinstitucional y  
voluntad política sostenida. Esta última es prácticamente inexistente. Sin estos elementos, el  
marco normativo puede quedar reducido a marcos teóricos que no se traducen en mejoras  
sustantivas para las personas privadas de libertad.  
Discusión  
De la respuesta obtenida a la primera interrogante se evidencia que las políticas públicas  
penitenciarias en Ecuador buscan la rehabilitación integral, pero su aplicación práctica enfrenta  
limitaciones estructurales. Los programas de reinserción social y laboral carecen de continuidad  
y coordinación interinstitucional, reduciendo su impacto en la reincidencia. Se observa además  
una tensión constante entre la garantía de derechos fundamentales y las exigencias de seguridad  
ciudadana.  
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Un hallazgo relevante a partir de la segunda pregunta muestra que, aunque los  
programas de capacitación y empleo postpenitenciario están reconocidos normativamente, su  
eficacia es reducida por factores estructurales. La falta de continuidad en la formación, la débil  
conexión con el mercado laboral y la ausencia de apoyo tras la libertad limitan su impacto real.  
La reinserción laboral se enfrenta también a un mercado que ofrece pocas oportunidades para  
ex privados de libertad. En conjunto, los resultados evidencian que la política pública requiere  
mayor articulación y sostenibilidad para cumplir su finalidad rehabilitadora.  
Así mismo, a partir de la tercera interrogante se evidencia que, aunque las políticas  
penitenciarias ecuatorianas han incorporado estándares internacionales de derechos humanos,  
su aplicación enfrenta obstáculos graves. El hacinamiento, las deficientes condiciones sanitarias  
y el acceso limitado a salud y educación reflejan un incumplimiento sistemático de garantías  
básicas. Estos factores muestran una brecha entre el marco normativo y la realidad  
penitenciaria. En consecuencia, los resultados sugieren la urgencia de fortalecer mecanismos  
de control y políticas efectivas de protección.  
Por otra parte, la respuesta dada a la cuarta interrogante muestra que la educación en  
contextos de privación de libertad constituye un instrumento clave para la reinserción social,  
siempre que sea de calidad y tenga continuidad postpenitenciaria. La falta de reconocimiento  
formal de certificaciones reduce aún más su efectividad. Para impactar en la reducción de la  
reincidencia, la educación debe vincularse con oportunidades laborales y acompañamiento  
social. Los resultados evidencian que, pese a las limitaciones, la educación sigue siendo una vía  
fundamental para la rehabilitación.  
El análisis de la respuesta dada a la quinta pregunta evidencia que la atención integral  
en salud dentro de los centros penitenciarios ecuatorianos es crítica para la reinserción, pero su  
prestación resulta insuficiente y desigual. La falta de profesionales, medicamentos y equipos,  
junto con tiempos de espera prolongados, limita la eficacia de las políticas públicas. En salud  
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mental, los estigmas y la escasa cobertura impiden intervenciones adecuadas. Estas deficiencias  
se reflejan en graves consecuencias, como el aumento de fallecimientos por enfermedades  
prevenibles. Los resultados muestran la necesidad urgente de fortalecer la infraestructura y  
garantizar continuidad en la atención para cumplir con la dignidad y derechos de las personas  
privadas de libertad.  
Finalmente, de la última interrogante se evidencia que el marco normativo ecuatoriano  
busca alinearse con estándares internacionales de derechos humanos, pero la brecha entre  
norma y práctica es casi total. La falta de recursos, coordinación interinstitucional y voluntad  
política sostenida impide que las reformas estructurales se materialicen. En consecuencia, las  
disposiciones legales corren el riesgo de quedar como marcos teóricos sin impacto real en la  
vida de las personas privadas de libertad.  
Conclusiones  
La investigación determinó la notoria brecha existente entre los objetivos establecidos  
en la normativa jurídica y los resultados reales, pues, el marco jurídico ecuatoriano establece  
principios claros de rehabilitación y protección de derechos humanos, pero la práctica  
penitenciaria revela una distancia significativa entre lo normativo y la realidad evidenciada en  
problemas de hacinamiento, violencia y reincidencia.  
Es notoria la limitada eficacia de las políticas de reinserción laboral y la falta de  
iniciativas de capacitación y empleo postpenitenciario. La falta de articulación con el mercado  
laboral afecta notoriamente a quienes han obtenido su libertad impactando en la disminución  
de la reincidencia y perpetuando la exclusión social de los ex privados de libertad.  
En los centros de rehabilitación social de Ecuador presentan deficiencias estructurales  
que afectan la garantía de derechos fundamentales en materia de salud, seguridad y condiciones  
de vida digna, lo que contrasta con los estándares internacionales como las Reglas Mandela,  
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así, la educación en contextos de privación de libertad se reconoce como un derecho humano y  
un factor determinante para reducir la reincidencia, sin embargo, su impacto en Ecuador se ve  
limitado por la falta de recursos, continuidad y articulación con el sistema educativo nacional.  
Igualmente, la atención médica, psicológica y de adicciones en los centros penitenciarios es  
deficiente, lo que afecta directamente la rehabilitación social.  
Aunque el marco normativo ecuatoriano incorpora principios de dignidad y  
rehabilitación, en su implementación práctica aún no se ajusta plenamente a los estándares  
internacionales. Se requiere fortalecer la infraestructura, garantizar programas integrales y  
establecer mecanismos de supervisión independientes para cerrar la brecha entre lo normativo  
y la penosa realidad de los privados de su libertad.  
Referencias Bibliográfica  
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